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Presidente promulga ley desliga propietarios que han vendido sus vehículos de responsabilidad ante daños o perjuicios

                    

El presidente de la República promulgó este lunes la ley 492-08, que establece que toda persona física o moral que transfiera un vehículo de motor que esté a su nombre, puede obtener una certificación del traspaso  ante Impuestos Internos, lo que podrá utilizar como prueba para sustraerse  de responsabilidad ante cualquier reclamación   por daños ocasionados por el vehículo vendido.

 

Según el artículo primero de la ley 492-08, "cualquier persona física o moral que traspase la propiedad de un vehículo de motor podrá informar de la transferencia ante impuestos internos, presentando una copia original del acto de venta, legalizado ante notario público y registrado ante el registro civil correspondiente".

 

Además debe llevar una copia de la matricula y de la cédula de identidad y electoral del vendedor y el comprador,  y el pago de un impuesto de 300 pesos.

 

En el artículo dos de la ley expresa además que se hará constar en el expediente del vehículo vendido la información sobre la transferencia y el nombre del nuevo propietario.

 

La ley también establece que la Dirección de Impuestos Internos no aceptará la renovación de la placa ni la inscripción de ninguna oposición de garantía, sobre el vehículo, hasta tanto el comprador no haya satisfecho el pago de los impuestos correspondientes a la transferencia del mismo, o es decir hasta que lo haya puesto a su nombre.

 

La legislación  tiene una disposición transitoria, hasta un plazo de seis meses después de su promulgación. Todos los vehículos que fueron vendidos con anterioridad  a la misma, cuyo vendedor  tenga o no copia de la venta o traspaso de uno o varios vehículos puede, si aún el vehículo figura a su nombre, registrar la venta previo al pago de los impuestos y colocar  formal oposición  a cualquier transacción, si previamente no se realiza el traspaso correspondiente.

 

La ley 492-08 deroga las disposiciones vigentes que le sean contrarias.

William Alcántara
Abogado-Periodista
Oficina de Abogados
Tel. 809-327-3384
"ENFOQUE DE NOTICIAS" 
SABADOS a 1:30 P.M., CANAL 45



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- Por: OPINIONSURSUR - Artículo: Presidente promulga ley desliga propietarios que han vendido sus vehículos de responsabilidad ante daños o perjuicios
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