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¿Qué pasará con bienes ‘ilícitos’ obtenidos por diputado arrestado EU?

Opinionsur.net,

  • ¿Qué pasará con bienes ‘ilícitos’ obtenidos por diputado arrestado EU?

    El diputado del PRM, Miguel Guitiérrez Díaz.

Wanda Méndez
wanda.mendez@listindiario.com
Santo Domingo, RD

A partir del arresto en Es­tados Unidos del diputa­do dominicano Miguel Gutiérrez Díaz, ha surgi­do la interrogante de qué pasará con los bienes ilí­citos que habría adqui­rido en la República Do­minicana producto de la actividad delictiva que se le atribuye, el narcotrá­fico, en caso de que sea condenado.

El experto en derecho penal, Félix Damián Oli­vares, planteó que tanto la jurisdicción de Estados Unidos como la de Repú­blica Dominicana están habilitadas para perseguir el decomiso de los bienes, producto de la actividad ilícita que se le atribuya, ya que la persona fue arresta­da sin un trámite de extra­dición.

“Tiene que establecer­se que ha habido un he­cho base precedente, una actividad criminal, que puede ser la documenta­da en los Estados Unidos, o pudiera ser una que las autoridades dominica­nas pudieran establecer, independientes de aque­llas”, señaló el jurista.

En cambio, explicó que cuando se concede una ex­tradición, el Estado domi­nicano delega su poder de acción y de jurisdicción en favor del Estado requirien­te y se maneja conforme a la demarcación donde se procesa la persona.

También indica que pue­den llegar a un acuerdo ambas autoridades y tra­bajar conjuntamente, lo cual percibe es lo que ge­neralmente hacen.

“Lo que pasa es que aquí no se le da acompaña­miento y por vía de conse­cuencia luego se aparenta que allá las personas nego­ciaron en términos venta­josos, lo cual muchas veces es una percepción desde fuera”, acotó.

El experto en derecho penal observó que en el país no se han maneja­do bien con ese tipo de casos, porque no se le ha dado seguimiento a los casos en Estados Unidos y ha habido falta de coordi­nación.

 PROCESO
Devolución.

Mientras, el especialis­ta en derecho penal, Ma­nuel Fructuoso Here­dia, sostiene que si en el país no hay una senten­cia condenatoria, hay que devolverle los bie­nes que se les incauten cuando recobren su li­bertad, debido a que no ha sido aprobada una ley de extinción de do­minio. Aclaró, a su vez, que no se puede hablar de decomiso de bienes hasta que se comprue­be que han sido adquiri­dos de forma ilícita, se­ñaló sobre la investiga­ción en curso contra el legislador.

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