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Víctimas de la extorsión: fotos íntimas compartidas

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El fatídico dos de noviembre, en el que Alexa Sánchez (nombre ficticio para proteger la identidad de la afectada), se despertó, notó que en las notificaciones de su celular había un montón de mensajes de WhatsApp y en Menssenger a través de Facebook, lo que la comenzó a intrigar. Tras unos tecleos en su móvil, presionó el ícono del corazón en Instagram y descubrió muchas solicitudes, algo inusual, pués no conocía muchas personas.
Al cabo de unos minutos, su prima le escribe un mensaje desconcertante: “No te juzgo por lo que has hecho, lo que me importa es que estés bien”, este escrito le generó ansiedad y de inmediato le escribió preguntando el porqué de dicha afirmación. Sin rodeos, su prima le envió el ‘link’ de un material pornográfico, lo que la alarmó.
Allí aparecía una joven de iguales características que ella, su misma piel trigueña y ojos negros, su rostro era muy similar al de Alexa, y como si se tratará de un pie de foto, aparecía su nombre, el lugar donde estudiaba, su edad y los nombres de algunos de sus parientes, describiendo a la presunta mujer que estaba siendo grabada.
Todos sus compañeros de universidad y allegados identificaron a la dama que salía en el vídeo como Alexa, y aunque de acuerdo a su versión no era ella, el vídeo empezó a ser difundido a través de múltiples cuentas, al igual que en ‘chats’ de sus amigos.
El momento más difícil de su vida fue cuando tuvo que comunicarle a su padre lo que había ocurrido. Tras varios reportes el vídeo fue borrado, pero no fue hasta enero del 2019, que el vídeo se volvió a subir, esta vez con el nombre de usuario de Alexa.
Fue en los DM de Instagram en el que veía algunos usuarios, en su mayoría hombres, en el que le escribían: ¿Cuál era el precio de su “trabajo”?, le insinuaban además, qué tipo de hombres prefería. En ese momento, Alexa descubrió todo lo que estaban haciendo algunos malhechores para dañar su reputación.
Pese a los intentos por encontrar los responsables de estos actos, los esfuerzos fueron fallidos y posteriormente, puso una denuncia en la Policía Nacional.
Otro caso similar fue el de Vanessa Arias (nombre ficticio), una adolescente de 14 años de edad, quien tenía una relación sentimental con un joven dos años mayor que ella. Un día recibió un mensaje de su novio, en el que le pedía unas fotos de ella desnuda.
En ese instante Vanessa no lo pensó dos veces, y procedió a enviarla. En la imagen estaba ella sonriente, totalmente desnuda.
Meses después, la joven decidió terminar con la relación y aunque luego de la situación, llegó a un acuerdo con su expareja, pasó un momento muy difícil y de mucho temor.
Conforme a datos del Departamento de Investigación de Crímenes y Delitos de Alta Tecnología (Dicat), en la tipificación de Difamación y Amenaza Vía Web, durante el 2017 recibieron y llevaron a juicio 113 casos; durante el 2018, unos 92 denuncias fueron recibidas; y en el 2019, un total de 42 denuncias fueron llevadas a juicio.
Según este departamento de la Policía Nacional, “la mayoría de las denuncias son realizadas por mujeres, teniendo en cuenta que algunas personas no denuncian las acciones por no querer llevar un proceso judicial, por el lapso de respuesta, así como por el gasto realizado”.
DATOS
Ley 53-07
La ley número 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, en su artículo 21, resalta que: “La difamación a través de las redes sociales se sancionará con la pena de tres meses a un año de prisión, con multa de cinco a quinientas veces el salario mínimo”.
Artículo
337
El artículo 337 del Código Penal fue el primero que trajo al país ese tema, a raíz de la modificación de la Ley de Violencia de Género, creada entre otras cosas, por unas tipificaciones del Código de Procedimiento Penal y el Código de Menores. En dicho artículo se establece la protección al derecho de la intimidad.  
Procedimiento que realiza la Fiscalía ante este delito
El abogado experto en Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, Cándido Simón, explica que una vez enterado de que se ha infrigido el derecho a la intimidad y que se hayan tomado imágenes fotográficas o vídeos concernientes a una relación íntima entre parejas, la Fiscalía tiene un procedimiento que consiste en una autorización emanada de un juez, para ir a tomar y captar las imágenes o los vídeos registrados. Para eso, puede aplicar el allanamiento o cualquier otro operativo.
Sin embargo, la vía del proceso es mediante una denuncia de accion penal en la Fiscalía. El artículo 44 de la Constitución especifica que “toda persona tiene derecho a la intimidad”.
En el Código Procesal Penal, su artículo 337 declara: “Se castiga con prisión de seis meses a un año y multa de 25,000 a 50,000 pesos, el hecho de atentar contra la intimidad de la vida privada de las personas, ya sea por grabar, captar o transmitir sin su consentimiento. En tanto, su artículo 338 dice: “Se castiga con prisión de uno a dos años y 50,000 a 100 mil pesos de multa, el hecho de publicar por la vía que sea, el montaje realizado sin conserntimiento”.  

- Por: OPINIONSURSUR - Artículo: Víctimas de la extorsión: fotos íntimas compartidas
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