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Someterán por ante Tribunal Superior Administrativo nulidad de resolución del Consejo del Poder Judicial que suspende Juez Rafael Pacheco

Opinionsur.net,
SANTO DOMINGO.- Abogado y periodista someterá por ante el Tribunal Superior Administrativo  la nulidad de la resolución del Consejo del Poder Judicial  que suspende al juez Rafael Pacheco.
El abogado y periodista William Alcántara anunció que este lunes 15 de mayo a las 10 de la mañana someterá una Demanda Principal por ante el Tribunal Superior Administrativo en reclamo de dejar sin efecto la resolución del Consejo del Poder Judicial que suspende al Juez Rafael Pacheco.
El abogado William Alcántara explicó que la “suspensión indefinida sin disfrute de salario” del Juez Presidente del Tercer Tribunal Colegiado, Rafael Pacheco, es ilegal, violatoria de la Ley de Carrera Judicial 327-98 y de la Constitución dominicana en su artículo 69.
Señala que la Ley de Carrera Judicial  No. 327-98 en su Artículo 62.establece “Según la gravedad de las faltas, las autoridades competentes en los términos de esta ley podrán imponer las siguientes sanciones: 1) Amonestación oral; 2) Amonestación escrita; 3) Suspensión sin sueldo, por un período de hasta treinta (30) días; 4) Destitución.” sin embargo el Consejo de Poder Judicial viola esta disposición al “suspenderlo indefinidamente sin disfrute de salario”
Precisa que el Artículo 65 de la Ley 327-98 enumera en base a cuales faltas se puede suspender hasta 30 dias a juez, sin embargo el Consejo del Poder Judicial no dice en base a que se tomó la decisión de “suspender indefinidamente” al Juez Pacheco, lo que constituye otra violación.
El abogado experto en asuntos migratorio, William Alcántara,  apunto que la Ley 327-98 establece que “toda sanción disciplinaria, suspensión o destitución de los jueces, requerirá una investigación previa de las imputaciones y la prueba de los hechos correspondientes”.
Dijo que la sanción de “suspensión indefinida” no debe tomarse de manera administrativa sin antes haberse celebrado un juicio disciplinario donde se le respete las garantías judiciales, constitucionales establecidas, por lo que la decisión del Consejo del Poder Judicial es ilegal y crea un mal precedente en el país.
William Alcántara dijo que “en nuestra calidad de ciudadano y abogado tenemos derecho a reclamar que respete la Constitución, el Debido Proceso Judicial y que los Órganos que administren justicia lo hagan apegado al debido proceso de ley y como lo establece el Artículo 8 de la Constitución establece que “Es función esencial del Estado, la protección efectiva de los derechos de la persona, el respeto de su dignidad y la obtención de los medios que le permitan perfeccionarse de forma igualitaria, equitativa y progresiva, dentro de un marco de libertad individual y de justicia social, compatibles con el orden público, el bienestar general y los derechos de todos y todas”

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