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Industria y Comercio advierte actuará en contra de la suspensión ventas de combustibles

LA SEIC ADVIERTE ACTUARA EN CONTRA
DE LA SUSPENSION VENTAS DE COMBUSTIBLES

La Secretaría de Industria y Comercio (SEIC) advirtió esta mañana que la Asociación de Detallistas de gasolina ha dejado de abastecerse de combustibles para crear una crisis artificial, pero que actuará en función de lo que establecen la Constitución y las leyes del país.

A través de una declaración escrita, la Dirección de Comunicaciones de la SEIC aclara que los detallistas de gasolina agrupados en Anadegas recurren a una acción ilegal cuando pretenden suspender la venta de los combustibles y les recuerda que la cartera tiene la facultad para enfrentar cualquier desafío de esa naturaleza.

Revela que el presidente de Anadegas había acogido la propuesta de revisar de forma gradual los márgenes de beneficios de los detallistas de gasolina, sin que afecte la economía de la población, pero que desistió en su interés de provocar una confrontación innecesaria con las autoridades.

Explica que el presidente de Anadegas en principio había aceptado la sugerencia aprovechando que el petróleo ha bajado en los mercados internacionales, pero que cambió de actitud en su afán de instalar por la fuerza dispensadores para la venta de gas propano en sus actuales estaciones.

La Dirección de Comunicaciones reitera la advertencia que por el momento no es posible se permita vender gas propano en las estaciones gasolineras y recordó que el gobierno anunció su decisión de contratar asesoría intencional acreditada para, junto a la Digenor, crear las normas de seguridad que amparen y protejan dicha actividad.

Expresa que a pesar de que las puertas de la institución siguen abiertas al diálogo, frente a la intención de privar a la ciudadanía de un servicio tan vital para el desempeño cotidiano del país, como el de los combustibles, a las autoridades no le quedará otro camino que actuar en armonía con la Constitución y las leyes.

Explica que los detallistas de combustibles que operan en virtud de las disposiciones previstas en las Leyes Nos. 317 de fecha 26 de abril del 1972 y 407 del 15 de octubre del 1972, así como de la Ley No.112 del 29 de noviembre del 2000 y su Reglamento de Aplicación No.307-01 del 2 de marzo del 2001, “carecen de fundamento legal para promover alteraciones en el servicio que ofrecen puesto que dichas acciones son consideradas ilícitas por la Constitución”.

“Advertimos que las estaciones de expendio de combustibles no pueden promover bajo ninguna circunstancia acciones que por su naturaleza y alcance constituyan huelga, paro, interrupción, entorpecimiento, paralización de actividades o reducción intencional de rendimiento en las labores de las empresas privadas o del Estado dedicadas a la distribución, transporte y venta de combustible, que afecten la Administración, los servicios públicos o los de utilidad pública, creando de esta manera una crisis artificial en el suministro de un bienes tan esenciales y estratégicos como la gasolina, gasoil, fuel oil y kerosen, que resultan indispensables para el normal desenvolvimiento de la economía dominicana”, señala.

Recuerda que la Constitución consagra y garantiza la libertad de asociación, con fines políticos, económicos, sociales, culturales o de cualquier otra índole, “siempre que por su naturaleza no sean contrarias ni atentatorias al orden público, la seguridad nacional y las buenas costumbres. Igualmente, garantiza la libertad de organización sindical siempre y cuando los sindicatos, gremios u otras asociaciones de la misma índole se ajusten en sus estatutos y en su conducta a una organización democrática compatible con los principios consagrados en esta Constitución y para fines estrictamente laborales y pacíficos”.

Señala que el literal “d” del artículo 8, numeral 11, de la Constitución establece que “Se admite el derecho de los trabajadores a la huelga y de los patronos al paro de las empresas privadas, siempre que se ejerzan con arreglo a la ley y para resolver conflictos estrictamente laborales. Se prohíbe toda interrupción, entorpecimiento, paralización de actividades o reducción intencional de rendimiento en las labores de las empresas privadas o del Estado. Será ilícita toda huelga, paro, interrupción, entorpecimiento o reducción intencional de rendimiento que afecten la Administración, los servicios públicos o los de utilidad pública. La Ley dispondrá las medidas necesarias para garantizar la observancia de estas normas.¨

Observa que de acuerdo al artículo 403 del Código de Trabajo “no se permiten las huelgas ni los paros en los servicios esenciales, cuya interrupción fuese susceptible de poner en peligro la vida, la salud o la seguridad de la persona en toda o parte de la población” y cita de inmediato el artículo 404 establece que “son servicios esenciales, para los fines de aplicación del artículo precedente, los de comunicaciones, los de abastecimiento de agua, los de suministro de gas o electricidad para el alumbrado y usos domésticos, los farmacéuticos, de hospitales y CUALESQUIERA OTROS DE NATURALEZA ANÁLOGA”.

“En caso de huelga realizada en violación del artículo 403 del Código de Trabajo, el Poder Ejecutivo puede asumir la dirección y administración de los servicios suspendidos por el tiempo indispensable para evitar perjuicio a la economía nacional, y dictar todas las providencias necesarias para restablecer dichos servicios y garantizar su mantenimiento”, indica.

Agrega que el gobierno no tiene que demostrar a nadie su vocación civilista, democrática y respetuosa de los derechos individuales y que en el país existen grupos de presión que entienden que todo se acaba frente a un proceso electoral o la juramentación de las autoridades para un nuevo mandato constitucional.

“Al parecer estos grupos de presión, entre ellos Anadegas, pretenden crear situaciones de choques esta semana coincidiendo con la nueva juramentación del presidente Fernández porque a pesar de nuestra actitud de dialogo y de enviar señales claras de atención a parte de las demandas de los gasolineros, persisten en el recurso de crear situaciones indeseables, de provocación y de intenciones marcadas de cara al 16 de agosto”, indica.

Dirección de Comunicaciones11/8/2008.

- Por: OPINIONSURSUR - Artículo: Industria y Comercio advierte actuará en contra de la suspensión ventas de combustibles
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